Penthouse en Sosua
Maravilloso penthouse con una vista espectacular desde Sosua hasta Puerto Plata. Todos los días se ve la puesta de sol de la terraza.
Acceso privado para la playa más linda de Sosua. Piscina panorámica con jacuzzi con vista sobre el océano...
Santo Domingo. 04 de diciembre de 2017. La Unidad de Readecuación de La Barquita y Entornos (URBE) informó que el proyecto del Teleférico de Santo Domingo tiene un avance global de 92.1%, de acuerdo con el cronograma previsto para el proyecto pautado a iniciar sus operaciones en el primer trimestre de 2018.
Asimismo, informó que culminó el proceso del montaje del cable en el tramo que va desde las estaciones de Los Tres Brazos hasta Sabana Perdida y han sido instaladas 28 de las 36 pilonas que soportan la infraestructura del nuevo sistema de transporte público. Este mes se iniciarán las pruebas estáticas y dinámicas del cable.
Informaciones para la compra de bienes en la República Dominicana
Aquí en la República Dominicana se declaran en el campo el tamaño de un terreno en "tareas" y en las ciudades en "metros quadrados".
En la siguiente table unas medidas que se usan especialmente aquí en la República Dominicana y en los EE.UU.:
una (1) tarea | = 629 m² |
16 tarea | = ca. 1 ha |
una (1) hectarea | = 1 ha = 10.000 m² |
una (1) area | = 100 m² |
una (1) centiarea | = 1 m² |
una (1) tarea | = 0.16 acres |
un (1) acre | = 6.5 tareas |
Al lado de las unidades de medición se usan aqui en la República Dominicana medidas de los E.E.U.U. y medidas antigua de España. La gasolina se compra en "american gallon" de 128 onza (1 galón contiene 3,785 litros). Se pesan en libra americana (1 libra = 16 onzas = 450 gramos). 25 libras = una arroba, cuatro arrobas = un quintal y 20 quintales son una tonelada. Se toman la medida de la tela en yarda (1 Yard = 0,9144 metros).
Si Usted está enamorado de un terreno, una finca o una casita, por favor, tenga cuidado. Pregúntese por una fotocopia del "titulo", esto es el papel oficial del catastro y enseña quien es el propietario real. Si Usted tiene la fotocopia tiene que chequear de los dos lados y comparar con el original. Esto es muy importante porque en la página trasera se registran las deudas que tiene esta propiedad.
No se preocupe, Usted puede decir que quiere que su abogado va a revisar los papeles. Es el derecho que tiene qualquier persona que quiere compraruna propiedad. Solo el dueño registrado tiene el poder para vender el terreno/casa.
Todavía en el verdadero campo hay muchas propiedades sin titulo. Porque? Porque muchos campesinos no tienen el dinero para sacar el titulo a su nombre, muchas veces son herencias de sus padres y viven todo su vida en este terreno. Antes no fue necesario para tener esto en papeles.
Normalmente no hay problemas para comprar un terreno sin titulo, pero con cuidado! Usted necesita un abogado de su confianza que puede chequear si la propiedad tiene algunos problemas o no y entonces el puede "sanear" el titulo de la propiedad. Es un proceso que dura unos meses y también es un poco más costoso.
Si ya ha hecho la compra no olvide hacer el cambio del titulo a su nombre. Esto es muy importante. Cuesta un poco de dinero pero ahorra mucho dinero si después Usted quiere vender su propiedad.
Los Impuestos
Quien paga los impuestos de transferencias y cual es el monto?
El adquiriente de la propiedad o comprador, es quien paga los impuestos por concepto de transferencia.
El comprador o adquiriente, para registrar la propiedad a su nombre, deberá pagar un tres por ciento (3%), aplicado sobre el valor del inmueble transferido, mas el costo de los sellos, totalizando alrededor de un 4.5% del valor de la propiedad.
El valor del inmueble en el mercado, será determinado por los técnicos de la Dirección General de Impuestos Internos.
Al vendedor, corresponde estar al día con el pago del impuesto sobre las Viviendas Suntuarias y Solares Urbanos no Edificados (IVSS), presentando la certificación correspondiente, emitida por Impuestos Internos.
Cuales otros impuestos tengo que pagar?
Una vez adquirida la propiedad, deberá pagar anualmente el Impuesto sobre las Viviendas Suntuarias y Solares Urbanos no Edificados (lVSS), el cual es del 1% aplicado sobre el valor de la propiedad.
Este impuesto sólo aplica para las propiedades cuyo valor sea superior a cinco millones de pesos. En caso de que su propiedad no alcance este monto, tiene que hacer la declaración al Impuesto sobre la Renta y conseguir anualmente una Certificación de No pago del IVSS para su propiedad.